Villa Constitución: Berti volvió a vetar la Ordenanza de Digitalización y Publicidad de Actos de Gobierno
🕒 Publicada el 3 de agosto de 2026 a las 11:01 h
A través del Decreto N.º 3.344, el Municipio objetó diversos artículos de la norma N.º 5.454 aprobada por el Concejo Municipal el pasado 17 de julio. El Ejecutivo fundamentó la medida en la protección de datos personales, la viabilidad técnica y el resguardo del presupuesto.
El intendente de Villa Constitución, Prof. Jorge Berti, vetó parcialmente la Ordenanza N.º 5.454 de Digitalización y Publicidad de Actos de Gobierno, la cual había sido sancionada por el Honorable Concejo Municipal el pasado 17 de julio. La decisión se formalizó a través del Decreto N.º 3.344, remitido al cuerpo legislativo el 31 de julio. Si bien la normativa aprobada buscaba garantizar la publicación digital, permanente e íntegra de todos los decretos, resoluciones y contrataciones municipales, el Ejecutivo planteó reparos sobre artículos centrales señalando razones operativas, legales y presupuestarias.
Alcance de los actos y protección de datosEl decreto del Ejecutivo fundamenta las observaciones en diversos aspectos clave de la norma:Inclusión indiscriminada de anexos: Se objetó la obligación de publicar la totalidad de los anexos (Arts. 1, 3 y 4) al considerar que la formulación es excesivamente amplia y puede exponer secretos técnicos, estrategias financieras, datos bancarios o información laboral de terceros.
Se vetó la prohibición de depurar o dar de baja archivos digitales (Arts. 1 y 6 inc. c), argumentando que debe existir la posibilidad de rectificar, actualizar o desindexar publicaciones inexactas en el sitio web. El Ejecutivo aclaró que la intangibilidad de los expedientes físicos y documentos originales se mantiene inalterada. Resguardo de información sensible: Berti cuestionó las cláusulas absolutas sobre la difusión de nóminas de beneficiarios y legajos de personal (Art. 8), señalando que la publicación irrestricta puede vulnerar la privacidad en situaciones de asistencia social, salud o datos médicos familiares.
Asimismo, el veto parcial alcanzó al artículo de prevalencia normativa (Art. 10) por generar contradicciones con leyes de protección de datos personales, y eliminó en su totalidad el régimen de sanciones (Art. 11) por carecer de precisión sobre conductas tipificadas, responsables y procedimientos. Respecto a la implementación (Art. 13), se advirtió la falta de un informe previo de factibilidad técnica y económica para el ejercicio en curso, sugiriendo avanzar por etapas e incluir los gastos mayores en el
Tras el veto parcial del Ejecutivo, el expediente regresó al Concejo Municipal. En las próximas sesiones, los ediles deberán evaluar los argumentos del Intendente para determinar si aceptan las modificaciones propuestas o si insisten en la redacción de la ordenanza original.









